CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA – Tablas Salariales 2019

Tablas Salariales 2019 y acuerdos alcanzados para el Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Zaragoza.

El pasado 23 de enero se reunió la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial para la Industria Siderometalúrgica  de Zaragoza, vigente para los años 2017-2019, y se adoptaron los siguientes acuerdos.

  • Según lo establecido en el artículo 13º del Convenio, cláusula de revisión para el año 2.018, no procede la aplicación de la misma habida cuenta de los datos de inflación publicados.
  • En virtud de lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1º del Convenio, procede publicar unas nuevas tablas salariales que sustituyen a las vigentes a 31-12-2018 y que se adjuntan a este Acta con el nombre: “Tablas Salariales Año 2.019” y que incorporan el incremento del 1,8% previsto para dicho año.
  • De conformidad a lo dispuesto en el artículo 12º apartado 2º, se publican los “Anexos II Año 2019” comprensivo del incremento salarial para cada grupo profesional y división funcional que deberán percibir aquellos trabajadores o trabajadoras que perciben retribuciones superiores en cómputo anual a las señaladas en las tablas del presente Convenio.
  • Según lo señalado en el artículo 19.º- Plus de Distancia. La cuantía para el año 2019 queda establecida en 0,29 euros por kilómetro.
  • Según lo señalado en el artículo 20.º- Dietas, las cuantías correspondientes a la dieta completa y a la media dieta quedan establecidas para el año 2019 en 43,34 euros para dieta completa y, 16,26 euros para media dieta.
  • Los atrasos dimanantes de la aplicación de los presentes acuerdos para el año 2019 podrán ser abonados por las empresas hasta el último día del mes de su publicación en el BOPZ correspondiente.

Dado el carácter excepcional del incremento establecido por el Real Decreto 1462/2018, por el que se fija la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional para 2019, que afecta a los trabajadores encuadrados en Grupo Profesional 8 (Aspirantes) del convenio, la Retribución Bruta Anual que percibirán los mismos con efectos de 1/1/2019, se adecua a lo dispuesto en el artículo 1 del real decreto, resultando una cuantía de 12.600 euros brutos en cómputo anual en aplicación de los salarios y complementos establecidos en el convenio.

Acta de la Comisión Paritaria y Tablas Salariales 2019

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