AYUDAS A EMPRESAS EN CENTROS DE EMPRENDEDORES O PARQUES TECNOLÓGICOS

EXTRACTO de la Orden EIE/1630/2017, de 19 de septiembre, por la que se convocan las ayudas con destino a la inversión a favor de empresas instaladas en CEEI ARAGON, Parques Tecnológicos y Centros de Emprendedores dependientes del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón.

Las ayudas tienen como finalidad el desarrollo y consolidación de proyectos de inversión de empresas instaladas o en proceso de instalación en los Centros Europeos de Empresas e Innovación existentes en Zaragoza, Huesca y Teruel (CEEI Aragón), los Centros de Emprendedores dependientes del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, así como para empresas instaladas o en proceso de instalación en el Parque Tecnológico Walqa y en el Parque Tecnológico del Motor de Aragón.

Beneficiarios

Solo podrán acceder a la condición de beneficiario las personas físicas y jurídicas privadas, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial que fundamenten la concesión de la ayuda. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sin personalidad, deberá tenerse en cuenta lo establecido en el párrafo segundo del apartado 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las excepciones recogidas en el siguiente punto.

Será condición imprescindible que, en el momento de la solicitud de la ayuda, la empresa esté instalada o bien aprobada su instalación en CEEIARAGON, en un centro perteneciente a los Centros de Emprendedores dependientes del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, en el Parque Tecnológico Walqa o en el Parque Tecnológico del Motor.

Cuantía

El importe total de la convocatoria es de ciento quince mil euros. El porcentaje máximo de ayudas a conceder sobre la inversión subvencionable es:

Provincia de Teruel:

  • Hasta el 35% de los costes subvencionables para pequeñas empresas.
  • Hasta el 25% de los costes subvencionables para medianas empresas.
  • Hasta el 15% de los costes subvencionables para grandes empresas.

Provincias de Huesca y Zaragoza (a excepción de la ciudad de Zaragoza):

  • Hasta el 30% de los costes subvencionables para pequeñas empresas.
  • Hasta el 20% de los costes subvencionables para medianas empresas.
  • Hasta el 10% de los costes subvencionables para grandes empresas.

Ciudad de Zaragoza:

  • Hasta el 20% de los costes subvencionables para pequeñas empresas.
  • Hasta el 10% de los costes subvencionables para medianas empresas.
  • Hasta el 5% de los costes subvencionables para grandes empresas.

Los porcentajes de ayudas a conceder en concepto de subvención por alquiler serán los siguientes:

  • 50% del coste del alquiler del primer año.
  • 25% del coste del alquiler del segundo año.

La suma de las ayudas correspondientes en concepto de alquiler del primer y segundo año no podrá superar el 75% de la subvención total concedida a la empresa.

El importe total de las ayudas recibidas para la misma actividad subvencionable no podrán superar el límite de 200.000 euros durante el ejercicio fiscal actual y los dos ejercicios fiscales anteriores, tal y como establece el Reglamento número 1407/2013 de la Comisión Europea, relativo a las ayudas de minimis, con las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 3 y 5 de dicho Reglamento número 1407/2013.

Plazo

El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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FEDERACIÓN DE EMPRESAS DEL METAL DE ZARAGOZA

Todas las referencias terminológicas de género que se mencionan a lo largo de las publicaciones, se considerarán alusivas al masculino y femenino indistintamente.

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