PROYECTO SURGE: AYUDAS A MICROEMPRESAS Y AUTÓNOMOS DE MUNICIPIOS DE MENOS DE 30.000 HABITANTES

Destinadas a la contratación de trabajadores tanto en el ámbito de la economía verde como en el de la economía digital.

Se convocan para el ejercicio 2022, las subvenciones correspondientes al Proyecto SURGE  incluidas en el conjunto de inversiones del Componente 23 “Nuevos proyectos territoriales para
el reequilibrio y la equidad. Emprendimiento y microempresas”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

La finalidad de estas subvenciones es contribuir a la contratación de trabajadores por cuenta ajena, tanto en el ámbito de la economía verde como en el de la economía digital, así como al desarrollo local a través de microempresas y emprendedores autónomos ubicadas en municipios y núcleos de población aragoneses de menos de 30.000 habitantes.

 

Beneficiarios

 

  • Microempresas: aquella que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.
  • Personas trabajadoras autónomas.

 

Acciones subvencionables

 

Contratación de personas desempleadas no ocupadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo y que pertenezcan a algunos de los siguientes colectivos:

  • Personas jóvenes menores de 30 años.
  • Personas mayores de 45 años.
  • Mujeres, cualquiera que sea su edad.
  • Personas con discapacidad
  • Personas desempleadas de larga duración, independientemente de su edad, que hubiesen permanecido desempleadas e inscritas en el Servicio Público de Empleo como demandantes de empleo, al menos, 360 días durante los 540 días anteriores a la fecha de su contratación.

Requisitos de los contratos para ser subvencionables:

  • El contrato tendrá una duración mínima de seis meses.
  • Se utilizará la modalidad de contrato que mejor se adapte al objeto del mismo.
  • La jornada de trabajo será a tiempo completo.
  • El contrato se formalizará por escrito y se incluirá en el mismo una cláusula para la información y conocimiento de la persona contratada con la indicación “Proyecto SURGE. Gobierno de Aragón. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia”.
  • El centro de trabajo deberá estar radicado dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón en un municipio o núcleo de población de menos de 30.000 habitantes.
  • Las empresas beneficiarias deberán mantener durante un período mínimo de seis meses, el nivel de empleo alcanzado tras el nuevo contrato subvencionado.
  • La actividad de la empresa o el empleo generado contribuirán al cumplimiento de los objetivos de transformación digital o transición ecológica previstos en el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia.

 

Podrán ser objeto de subvención, al amparo de la presente convocatoria y en los términos previstos en las bases reguladoras, todas aquellas contrataciones que se efectúen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón entre el día de entrada en vigor de la presente convocatoria y el 15 de octubre de 2022, ambos inclusive.

 

Financiación

 

Los fondos disponibles para las subvenciones del Proyecto SURGE se distribuirán en dos líneas de financiación dotadas cada una de ellas con el 50% de dichos fondos, de la siguiente forma:

  • Un 50%para la Línea 1 de empleos verdes que contribuyan a la transición ecológica.
  • Un 50% para la Línea 2 de empleos en competencias digitales que contribuyan a la transformación digital.

 

Atendiendo al presupuesto previsto, a través de la presente convocatoria se establece el objetivo de 915 iniciativas de generación de empleo a subvencionar en el marco del Proyecto SURGE, que resulta de la aplicación del coste unitario de 5.000 euros por iniciativa.

 

Plazo

 

El plazo para la presentación de solicitudes de las subvenciones correspondientes al Proyecto “SURGE” será de quince días a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona trabajadora, destinataria final de la subvención.

Orden completa

Bases reguladoras

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